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La RAE me deja sin palabras |
La Real Academia Española de la Lengua acaba de lanzar un avance de la que será la próxima edición de su diccionario, en la que por primera vez aparecen, entre otros, vocablos como suchi, friki y manga. Y la definición de manga nos ha dejado, como mínimo, patidifusos:
1. m. Género de cómic de origen japonés, de dibujos sencillos, en el que predominan los argumentos eróticos, violentos y fantásticos.
2. adj. Pertenece o relativo al manga. Vídeos, estética manga.
Ante este atropello (por decir algo suave), hacemos nuestro el comunicado de Carles Santamaría, que resume perfectamente nuestro estado y nuestra opinión al respecto:
COMUNICADO SOBRE LA ABERRANTE DEFINICIÓN DEL MANGA DADA POR EL DICCIONARIO DE LA RAE
La definición que da el Diccionario de Real Academia Española sobre el Manga como “género de cómic japonés, de dibujos sencillos, en el que predominan los argumentos eróticos, violentos y fantásticos” es errónea en el concepto y denigrante en la caracterización. El manga es el nombre que recibe el cómic en Japón y cómo en el resto de países tiene una gran diversidad de géneros. A lo largo de su fructífera historia el manga ha dado auténticas obras maestras de diversos géneros teniendo en Osamu Tezuka a su gran referencia autoral tras la Segunda Guerra Mundial.
Reducir el manga a temática erótica, violenta y fantástica es dar una visión manipuladora y distorsionadora que muestra desconocimiento o mala intención en la redacción. Resulta vergonzoso que defina al manga como de “dibujos sencillos”, ya que si algo caracteriza al cómic japonés es la gran diversidad de estilos gráficos de una gran calidad y originalidad. Uno de los aspectos más bochornosos de dicha definición es que además parece resultar de una mala traducción de un texto sobre el manga que se encuentra en el Oxford Dictionaries Online.
El manga es una de las manifestaciones más dinámicas e interesantes de la cultura japonesa contemporánea y tal definición de la RAE es un auténtico insulto para la misma, así como para los profesionales que lo dibujan, editan y venden en librerías, como para los millones de lectores que tiene el manga en todo el mundo. Por todo ello, se debe exigir la retirada inmediata de tal aberrante definición en el diccionario de la RAE y que una comisión de expertos en manga pueda aportar una definición objetiva y clarificante sin coste alguno.
Carles Santamaría
Director del Salón del Manga de Barcelona
Director del Salón Internacional del Cómic de Barcelona
ACTUALIZACIóN: Dicen que rectificar es de sabios, y la RAE lo ha hecho. Tras la polvareda desatada en todos los medios de comunicación y el revuelo consecuente en todas las redes sociales habidas y por haber, la definición de manga queda así:
1. m. Cómic de origen japonés.
2. m. Género correspondiente al manga.
3. adj. Perteneciente o relativo al manga. Vídeos, estética manga.
Lo cual nos lleva a dos conclusiones. La primera, que si consideramos que algo es injusto, es perfectamente lícito ejercer presión y manifestar nuestro desacuerdo. La segunda, que esta presión sólo surte efecto y de sus frutos si la otra parte es receptiva y está dispuesta a rectificar. Un ejemplo de cómo debería funcionar una sociedad justa.
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La nueva definición, ya rectificada. |